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Defensa de Violación de Orden de Restricción en Wisconsin | Cafferty & Scheidegger

Defensa de restraining-order violation en Wisconsin, § 813.12 / § 813.125: delito menor, defensa de conocimiento. Racine, Kenosha, Walworth.

Una orden de restricción en Wisconsin es una orden civil, pero violarla es un delito penal. Los estatutos se dividen en cuatro familias: injunciones de abuso doméstico, injunciones de abuso infantil, injunciones de individuo en riesgo e injunciones de acoso. La exposición criminal es similar en las cuatro, y también lo son los ángulos defensivos.

Qué Debe Probar el Estado

La ley de un vistazo

Bajo § 813.12 y § 813.125, el Estado debe probar (1) una orden temporal o injunción se emitió contra el acusado, (2) el acusado cometió un acto que viola sus términos, y (3) el acusado sabía que la orden se había emitido y sabía que el acto violaba sus términos. El delito básico es un delito menor: hasta 9 meses, $1,000.

Las cuatro injunciones que producen estos cargos:

EstatutoTipoPeticionarioDetonante
§ 813.12Abuso domésticoCónyuge, ex cónyuge, miembro del hogar, pareja romántica, copadreAbuso doméstico definido en § 968.075
§ 813.122Abuso infantilPadre, tutor, agenciaConducta hacia niño
§ 813.123Individuo en riesgoAnciano o adulto vulnerableConducta hacia individuo en riesgo
§ 813.125Injunción de acosoCualquier personaAcoso definido en § 947.013

El Elemento de Conocimiento Es Toda la Defensa

La violación criminal requiere conocimiento real:

  • Conocimiento de la orden. La TRO toma efecto en notificación personal. Si nunca se notificó personalmente o la papelería es defectuosa, el elemento falla.
  • Conocimiento de qué prohíbe la orden. Muchas órdenes son formularios pre-impresos con modificaciones a mano, provisiones tachadas o lenguaje ambiguo.

Por Qué la Orden Corre a Usted, No a la Otra Persona

La vía más común a una condena es: la persona protegida contacta, el acusado responde, un cargo sigue. La invitación de la persona protegida no cura la violación. La orden está entre la corte y el respondiente.

En la práctica:

  1. Si la persona protegida envía un texto, no responda.
  2. Si llama, no conteste ni devuelva la llamada.
  3. Si viene a su casa, váyase o llame a la policía.
  4. Si comparten hijo, escuela, trabajo o propiedad, presente moción para modificar la orden.

La Consecuencia Federal de Armas

Mientras una orden de abuso doméstico está en vigor y cumple con requisitos definitorios federales, 18 U.S.C. § 922(g)(8) hace al respondiente persona prohibida federalmente.

Si el caso de violación criminal se resuelve en condena delito menor con modificador DV preservado bajo § 968.075, § 922(g)(9) se adjunta como inhabilidad federal de armas de por vida.

Defensas Que Planteamos

  • Servicio defectuoso.
  • Términos ambiguos.
  • Contacto por canal permitido.
  • Contacto incidental.
  • Modificación por conducta de la persona protegida.
  • Defectos constitucionales en la orden subyacente.

Qué Hacer Si Se Le Acusa

  1. Detenga todo contacto inmediatamente.
  2. Preserve cada comunicación de ambos lados.
  3. Obtenga la orden misma.
  4. Mocione para modificar si es necesario.
  5. Contrate abogado antes de la audiencia de fianza.

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